Sellar el paro: qué es y quién lo gestiona en 2026
"Sellar el paro" es renovar tu demanda de empleo, y desde 2026 lo gestiona siempre tu comunidad autónoma (salvo en Ceuta y Melilla, donde lo sigue llevando el SEPE). Aquí tienes qué es exactamente, cada cuánto toca, qué pasa si se te pasa la fecha y el enlace directo del organismo de tu comunidad.
Qué es exactamente "sellar el paro"
Sellar el paro no tiene nada que ver con timbrar un papel. Es el nombre coloquial de la renovación de la demanda de empleo: el trámite por el que confirmas, cada cierto tiempo, que sigues buscando trabajo y que quieres mantener tu inscripción como demandante activa.
Cuando te inscribes por primera vez recibes el DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo), un justificante que indica la fecha en la que te toca renovar. Sellar es, literalmente, renovar en esa fecha.
Mantener la inscripción al día es, además, un requisito obligatorio para seguir cobrando el paro o cualquier subsidio: si tu demanda cae de baja, la prestación se suspende con ella.
Por qué el SEPE no sella el paro (con dos excepciones)
La demanda de empleo es competencia de las comunidades autónomas, no del SEPE: cada una tiene su propio servicio de empleo. La única excepción son Ceuta y Melilla, que al no tener servicio público de empleo propio siguen gestionando su demanda directamente con el SEPE, tanto el alta como la renovación.
Cada cuánto hay que sellar
La periodicidad no está fijada por ley en un número único de días para todo el mundo: la marca tu DARDE, y en la práctica suele rondar los 90 días (3 meses), aunque tu comunidad puede asignarte otra fecha según tu situación.
Todas dan un pequeño margen para no perder el derecho por un despiste de un día: normalmente puedes renovar desde el día anterior hasta el día siguiente a la fecha que te toca. En total, tres días para hacerlo con tranquilidad. Fuera de esa ventana, cuenta como no presentado.
| Si no renuevas a tiempo... | Consecuencia |
|---|---|
| Solo estás inscrito, sin cobrar prestación ni subsidio | Tu demanda pasa a "baja" durante 1 mes: sin ofertas ni cursos, pero sin sanción económica |
| 1ª vez que se te pasa cobrando prestación o subsidio | Pierdes 1 mes de pago |
| 2ª vez | Pierdes 3 meses de pago |
| 3ª vez | Pierdes 6 meses de pago |
| 4ª vez | Se extingue el derecho a la prestación o el subsidio |
Fuente: RD 625/1985, art. 47 (vía LISOS)
Ojo: la renovación automática del COVID ya no está vigente
La renovación automática (que te la renovaran sin que tú hicieras nada) fue una medida excepcional del COVID-19, en vigor entre 2020 y 2021 para evitar desplazamientos durante los confinamientos. Hoy, con carácter general, ya no existe: la responsabilidad de renovar es tuya. Si una web dice lo contrario, tiene información vieja.
Cómo se sella el paro por internet
- Entra en la web de tu comunidad autónomaNo en sepe.es: busca en la tabla de abajo el organismo que gestiona el empleo donde vives.
- IdentifícateCon Cl@ve, certificado digital, DNIe, o con tu usuario y contraseña si ya los tienes creados en ese portal.
- Busca la opción "Renovar demanda" o "Sellar"Suele estar en el apartado de "Mi oficina virtual" o "Área del demandante".
- Confirma y guarda el justificanteLa mayoría de portales generan un comprobante en PDF con la nueva fecha de renovación. Consérvalo.
Si no puedes por internet: app, teléfono y oficina
La web es la vía normal, pero no la única. Según tu comunidad, tienes alternativas:
- App móvil: algunas comunidades tienen aplicación propia para el demandante desde la que se renueva en un par de toques, sin abrir el navegador.
- Teléfono: varias permiten renovar, o al menos pedir ayuda, en su teléfono de atención al demandante. Útil si tienes un problema para identificarte online.
- Presencial: siempre queda ir a tu oficina de empleo, normalmente con cita previa. Es la opción más lenta y hoy la menos habitual, pero sigue disponible si tu expediente tiene algún bloqueo que impide renovar por internet.
Si no sabes qué vías ofrece la tuya, míralo en la web de tu organismo (tabla más abajo): todas indican en su área del demandante las formas de renovación disponibles.
Tu comunidad autónoma y su enlace directo
Esta es la tabla que resume todo el trámite: el organismo real que gestiona tu demanda de empleo y el enlace para renovarla. Si tienes dudas sobre cuál te corresponde, es siempre el de tu comunidad de residencia, no el de donde trabajaste.
| Comunidad autónoma | Organismo | Dónde sellar |
|---|---|---|
| Andalucía | SAE (Servicio Andaluz de Empleo) | saempleo.es |
| Aragón | INAEM (Instituto Aragonés de Empleo) | inaem.aragon.es |
| Asturias | SEPEPA — Trabajastur | trabajastur.asturias.es |
| Illes Balears | SOIB (Servei d'Ocupació de les Illes Balears) | soib.es |
| Canarias | SCE (Servicio Canario de Empleo) | gobiernodecanarias.org/empleo |
| Cantabria | EMCAN (Servicio Cántabro de Empleo) | empleacantabria.es |
| Castilla-La Mancha | SEPECAM | e-empleo.jccm.es |
| Castilla y León | ECYL (Servicio Público de Empleo de Castilla y León) | empleo.jcyl.es |
| Cataluña | SOC (Servei Públic d'Ocupació de Catalunya) | serveiocupacio.gencat.cat |
| Ceuta y Melilla | SEPE (gestión directa: no tienen servicio autonómico propio) | sede.sepe.gob.es |
| Comunidad de Madrid | Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid | sede.comunidad.madrid |
| Comunitat Valenciana | LABORA (Servicio Valenciano de Empleo y Formación) | labora.gva.es |
| Extremadura | SEXPE (Servicio Extremeño Público de Empleo) | sexpeemplea.juntaex.es |
| Galicia | SPEG — Emprego Galicia | emprego.xunta.gal |
| La Rioja | Servicio Riojano de Empleo | larioja.org/empleo |
| Región de Murcia | SEF (Servicio de Empleo y Formación) | sefcarm.es |
| Navarra | Servicio Navarro de Empleo — Nafar Lansare | navarra.es |
| País Vasco | Lanbide | lanbide.euskadi.eus |
Fuente: elaboración propia con los portales oficiales de cada comunidad, verificado el 2026-07-17
Al sellar, también mantienes el acuerdo de actividad
Cuando te inscribes como demandante firmas el acuerdo de actividad (lo que antes se llamaba compromiso de actividad): el compromiso de buscar empleo activamente y no rechazar ofertas adecuadas. Sellar el paro es la forma de mantener viva esa inscripción; no son dos trámites distintos, sino dos caras del mismo. Más sobre cómo apuntarte e inscribirte.
Casos especiales: baja médica, fijos discontinuos y vuelta del extranjero
- Estás de baja médica (incapacidad temporal): si el día de renovar estás de baja u hospitalizado, es una causa justificada. Guarda el parte o justificante y regulariza tu demanda en cuanto puedas, sin que ello suponga sanción. Si cobras prestación y pasas a incapacidad temporal, avisa a tu servicio de empleo para no figurar como no renovado.
- Eres fijo discontinuo: en tus periodos de inactividad sigues siendo demandante y tienes que renovar la demanda como cualquiera. Mantenerla al día es, además, lo que te permite acceder a la prestación durante esos periodos sin actividad.
- Vuelves de trabajar en el extranjero: al regresar a España tienes que inscribirte de nuevo como demandante y empezar a renovar. Hacerlo a tiempo es, además, un requisito para las ayudas específicas de emigrante retornado.
- Te has mudado a otra comunidad: tu expediente se traspasa, pero el portal y el organismo cambian. Antes de tu próxima fecha, entra en la web de tu nueva comunidad y comprueba si el cambio de domicilio requiere algún paso adicional.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto hay que sellar el paro?
Por norma general, cada 90 días aproximadamente (3 meses), en la fecha exacta que te marque tu DARDE (el documento de alta y renovación de la demanda). Esa fecha es personal: no es la misma para todo el mundo ni cae siempre el mismo día del mes.
¿Qué pasa si no sello el paro a tiempo?
Si cobras prestación o subsidio, se abre un expediente sancionador con una escala que sube cada vez que se repite: la primera vez pierdes 1 mes de pago, la segunda 3 meses, la tercera 6 meses y la cuarta se extingue el derecho entero. Si solo estás inscrito sin cobrar nada, tu demanda pasa a "baja" durante un mes, sin sanción económica pero sin acceso a ofertas ni cursos mientras tanto.
¿Se puede sellar el paro por internet?
Sí, y hoy es la vía normal. Todas las comunidades autónomas permiten renovar la demanda desde su sede electrónica u oficina virtual, casi siempre también por app o por teléfono. Solo hace falta ir presencialmente si tu comunidad no te deja hacerlo online por algún bloqueo puntual en tu expediente.
¿El SEPE sella el paro?
No, salvo en Ceuta y Melilla. En el resto de España, sellar el paro (renovar la demanda) lo gestiona tu comunidad autónoma, no el SEPE. El SEPE es quien paga la prestación o el subsidio, pero la demanda de empleo depende de tu servicio autonómico. Es la confusión más habitual de todo este trámite.
¿Sigue habiendo renovación automática?
No, con carácter general ya no. La renovación automática fue una medida excepcional del COVID, vigente entre 2020 y 2021, para no obligar a la gente a desplazarse durante los confinamientos. Hoy tienes que renovar tú mismo, en la fecha que te toque. Si ves esta información en otra web, está desactualizada.
Siguientes pasos
Fuentes oficiales
- Real Decreto 625/1985, art. 47 (vía LISOS) — escala de sanciones por no renovar la demanda de empleo
- SEPE — Información en Ceuta y Melilla — el SEPE gestiona allí la demanda de empleo de forma directa
- SEPE — Obligaciones e infracciones — qué pasa si olvidas renovar la demanda